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lunes, 28 de febrero de 2011

Detenidos y detenidas por una vivienda digna: Sale fecha de juicio para abril de 2011

Tras 5 largos años de espera, el juzgado de lo penal ha puesto fecha al juicio oral para las personas inculpadas tras “las sentadas por una vivienda digna” del año 2006.
 
De los 21 detenidos y detenidas en las distintas protestas, nueve estaban a la espera de juicio. Nueve personas que fueron detenidas, agredidas y acusadas de atentado a la autoridad y desórdenes públicos. Por todo esto se les pide 5 años y 2 meses de cárcel a siete de ellas y 6 años a las otras  dos. La acusación se basa en los relatos de la policía y en su burdo montaje.

Durante estos 5 años han sufrido la condena de la incertidumbre, de la falta de cualquier planificación de sus vidas y la obligatoriedad de firmar cada 15 días en los juzgados de instrucción.

Tras una larga espera, parece ser que finalmente el juicio se celebrará en abril de 2011. En estos dos meses que faltan para el juicio, es cuando más necesarias se hacen las muestras de solidaridad y la máxima difusión.

Los partes policiales de los antidisturbios  intentan encarcelar a unos compañeros y compañeras, que   junto a tantos otros, su único delito fue protestar pacíficamente contra la especulación y el derecho básico a una vivienda.

Quieren silenciar a quien en su día salió a la calle reclamando una vivienda digna, precisamente por tocar un tema tan sensible para la economía española como es el ladrillo, por denunciar el atropello de quienes han provocado la burbuja inmobiliaria y han generado la crisis que ahora padecemos, llenándose de dinero a costa de la precariedad del resto. La fiscalía busca golpear no sólo a las personas detenidas, sino también advertir al resto que especular sale gratis pero protestar te puede arruinar la vida.

Si nos mantenemos junt@s siempre seremos más.  No permitiremos que unos individuos uniformados se apoderen de la vida de nuestros compañeros y compañeras, ni que un golpe de mazo sea la última palabra de nada. Estaremos con ellos en todo momento, como hasta ahora lo hemos hecho. Por ellos y ellas, por nosotras, por todas y todos los que día tras día conviven con esta mierda. La rabia, la solidaridad y el corazón no nos falta.

SOLIDARIDAD CON LAS DETENIDAS Y DETENIDOS POR UNA VIVIENDA DIGNA.
SI NO ES AQUÍ Y AHORA ¿DÓNDE Y CUÁNDO? SI NO ERES TÚ ¿QUIÉN?
 

Consejos para webs tras la Sentencia española "alasbarricadas"

Consejos para webs tras la Sentencia española "alasbarricadas"
Del derecho y las normas
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia contra el responsable de la web "alasbarricadas.org" (pdf)

Ya expresé en su momento que no estaba de acuerdo con la sentencia inicial del caso "Alasbarricadas" (pdf) seguido a instancias de Ramoncín por los comentarios, y una imagen, que se pusieron al pie de un comentario en un foro.
 
La razón fundamental para mi oposición es que creo que no es aplicable a las webs que no realizan una actividad económica la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información. Por eso sigo manteniendo que el fallo contra "alasbarricadas" aplicandole una ley que excluye a este tipo de páginas de su ámbito de aplicación es un error.
 
A pesar de ese criterio que por ahora no ha sido objeto de controversia judicial, al contrario, en este caso se ha asumido la sujección de las webs que no tienen publicidad ni ingresos de ningún tipo a la LSSICE (algo que entiendo ha sido aceptado incluso por la propia defensa puesto que no hay ninguna referencia a ello en las resoluciones judiciales precedentes), creo que es necesario exponer una serie de consejos para responsables de webs y blogueros a la luz de este fallo judicial y de las sentencias en los casos "putasgae" y "quejasonline".
 
En este caso se responsabiliza a quien aparecía como administrador de "alasbarricadas.org" porque no cumplió con la diligencia debida en la retirada de los contenidos, y no pudo hacerlo precisamente porque no había actualizado los datos de contacto y no demostró que el mail fuese un medio efectivo para contactar.
 
Este fallo del Tribunal recuerda a la doctrina constitucional (sentencias del Tribunal Constitucional 82/2000, de 27 de marzo, 145/2000, de 29 de mayo y 6/2003, de 20 de enero) sobre que los actos de comunicación producen plenos efectos cuando su frustración se debe únicamente a la voluntad expresa o tácita de su destinatario, o a la pasividad, desinterés, negligencia, error o impericia de la persona a la que va destinada.
 
Es decir, si la LSSICE permite que sea exonerado de responsabilidad por las lesiones de derechos que provoquen terceras personas, pero siempre que tenga conocimiento efectivo, que puede darse por varios medios, y actúe con diligencia en la retirada, pero no se puede considerar diligente a quien no cumple con los medios para contactar que señala la ley, puesto que de esa forma se coloca en posición de no tener nunca conocimiento efectivo.
 
También señala la sentencia que la ley debe interpretarse a la luz de las circunstancias sociales, y que en un medio como internet, pretender esperar a que en un caso evidente de lesión del derecho al honor (que ni tan siquiera ha sido cuestionada por la defensa) haya una resolución previa supondría dejar indefenso al ofendido.
A la vista de lo anterior se pueden extraer las siguientes conclusiones prácticas para blogueros y administradores de webs si no quieren ser considerados responsables por los comentarios o acciones de terceros que participen en su sitio:
 
1- Ten habilitado un canal de comunicación que puedas demostrar que funciona y recibe notificaciones. El email se admitiría, visto lo que ha dicho el Supremo en este caso, pero deberás demostrar en el eventual juicio que las solicitudes enviadas al mismo se reciben y contestan. Esto es algo que el juzgado de primera instancia señaló que no se había acreditado por los demandados.
 
2- Cumple con la obligación de tener los datos de contacto actualizados, de acuerdo al artículo 10 LSSICE. Personalmente incluiría a los datos del whois si tienes tu propio dominio, puesto que la sentencia también hace alguna referencia a ello.
 
3- Si recibes una notificación, ya sea en el email o un burofax, atiéndela y contesta al menos de manera inicial con un "estudiaremos su reclamación o queja", de esta forma trata de acreditar que recibes los mensajes.
 
4- Pero no son todo obligaciones para el bloguero o administrador de la web, la reclamación debe especificar todos los aspectos que deben ser analizados para ver si efectivamente se lesionan derechos de terceros, señalando los comentarios que se consideran lesivos y las razones para ello, de tal forma que el requerido pueda hacer un correcto juicio y decidir si procede a su retirada o no. Si la reclamación no cumple esos requisitos no puede exigirse despues su efectividad. Evidentemente también sería bueno solicitar que se acredite la representación o titularidad del bien o derecho objeto de reclamación.
 
5- Cuando recibas un requerimiento analiza si realmente se lesionan los derechos de un tercero. A falta de consultar con un abogado, siempre recomendable, guiate por el criterio de si te gustaría que tú o tu familia viesen el comentario si fuese dirigido a tí. Hay lesiones al honor demasiado evidentes como para que sean amparables. En el caso "alasbarricadas", por ejemplo, ni la defensa de la web cuestionó, entre otras cosas, que una imagen con la cabeza cortada del demandante no fuese lesiva para su honor. Sentido común.
 
6- Si consideras que el contenido o el comentario lesiona los derechos de tercero, retiralo y comunícaselo a quien te requirió. Si consideras que no procede su solicitud consúltalo antes con un especialista, pero no des una respuesta sin meditarlo muy bien o estar perfectamente asesorado.
 
7- Si el volumen de tráfico es pequeño y puedes revisar los comentarios o contenidos una vez a la semana no pasa nada porque tú mismo retires aquellos contenidos que son evidentemente lesivos, sin esperar a ningún requerimiento. Si el volumen es muy grande y no dispones de medios de control pues actúa según se te vaya requiriendo.
 
8- No todas las solicitudes tendrán fundamento o sentido, no actúes como un autómata, hay personas y empresas que no quieren que se hable mal de ellas, de sus productos o servicios, pero ello no justifica que se deba retirar el comentario, siempre que sea respetuoso o veraz.
 
Es importante señalar que esta sentencia para quien realmente representa un problema es para las webs que no realizan una actividad económica puesto que les hace extensible el régimen previsto para los prestadores de servicios de la sociedad de la información, pero para el resto de webs no supone algo rupturista, sino la confirmación de las resoluciones previas en esta materia y en coherencia con los fallos a nivel europeo en interpretación de la Directiva.

[Bonus track] A la luz de esta sentencia ¿qué pasaría si un titular de derechos remite un burofax a una web de enlaces pidiéndole la retirada de un enlace a una obra y si este no lo retira? ¿Demuestra esta sentencia que la Ley Sinde no tiene sentido?
http://derechoynormas.blogspot.com/2011/02/consejos-para-webs-tras-la-sentencia.html

[crisis, que crisis] Felipe González ganó 11.500 euros en sus dos primeras semanas en Gas Natural

En el consejo de Gas Natural, González coincide con el que fuera su ministro de Defensa y luego su vicepresidente del Gobierno, Narcís Serra. Serra percibió en 2010 precisamente 126.500 euros.
Felipe González se estrenó a finales de 2010 como consejero independiente de Gas Natural. El expresidente del Gobierno fue elegido consejero el 17 de diciembre y ejerció su cargo durante dos semanas el pasado año. En ese periodo, González tuvo una remuneración de 11.500 euros, según la memoria de las cuentas anuales que Gas Natural ha puesto a disposición de los accionistas de la compañía.

Esa retribución de más de 1.000 euros por cada día hábil no es extrapolable al conjunto del ejercicio. O sí lo es, pero de otra manera. González participó en ese plazo de dos semanas en una reunión del consejo de administración. El consejo se reúne una vez al mes, salvo en agosto. Y González cobrará 126.500 euros anuales, que es el resultado de multiplicar 11.500 euros por 11.

En el consejo de Gas Natural, González coincide con el que fuera su ministro de Defensa y luego su vicepresidente del Gobierno, Narcís Serra. Serra percibió en 2010 precisamente 126.500 euros, que es el sueldo de los consejeros que no forman parte de ninguna comisión.

Por su pertenencia al consejo de Gas Natural, el mejor pagado fue el presidente, Salvador Gabarró, con 1,1 millones de euros, seguido por el consejero delegado, Rafael Villaseca, con 265.650 euros. Sin embargo esa cifra no incluye lo que cobraron por el desempeño de sus tareas directivas. En total, entre Gabarró y Villaseca ganaron 3,79 millones en 2010. El conjunto del consejo de administración ganó 6,6 millones, un 8,4% menos que el año anterior.

Gabarró invierte en Iberdrola
El informe anual de Gas Natural también señala que González es accionista de la compañía con 1,750 acciones, valoradas a precio de mercado en unos 21.500 euros. Varios de los miembros del consejo invierten en acciones de sus competidores, como Iberdrola o Endesa. El caso más llamativo es el del propio presidente de la compañía. Gabarró declara tener 74.000 acciones de Iberdrola por tan solo 3.000 de Gas Natural. A precios de mercado tiene 12 veces más dinero en la eléctrica rival que en la propia. El presidente de Gas Natural también tiene mucho más invertido en Enagas y Red Eléctrica que en la empresa que preside.
Villaseca, por su parte, es accionista de Iberdrola, Endesa, Enagas y Repsol, pero en mucha menor medida que de Gas Natural. Otros dos consejeros son también accionistas de Iberdrola y un total de seis, de Repsol.

domingo, 27 de febrero de 2011

Un estudiante de 20 años se quema a lo bonzo en Marruecos y resulta herido

Rabat, 26 feb (EFE)

Un estudiante resultó herido hoy en la región de Guercif, en el noroeste del país, tras quemarse a lo bonzo en una escuela de dicha zona, informó a Efe una fuente de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos (AMDH).

Según la fuente, Garmate Adnan, de 20 años de edad, se encuentra fuera de peligro, y presenta heridas leves en la espalda, en el brazo izquierdo y en la cara.

A las 10:00 hora local (10.00 GMT), el joven se dirigió al centro de la escuela El Hassan Addakhil, se roció el cuerpo con gasolina y se prendió fuego.

Los estudiantes que se encontraban en los alrededores sofocaron las llamas de su cuerpo, y poco después fue trasladado al hospital.

La AMDH dijo que el chico apuntó que se prendió fuego por "problemas personales", y subrayó que el joven pertenece a una familia con problemas económicos y tiene dos hermanos en paro.

El pasado martes, una mujer de 26 años murió después de quemarse a lo bonzo en el centro de la ciudad marroquí de Suk Sebt, situada en el interior del país. Soltera y madre de dos niños, Fadua Larui, se prendió fuego después de que le fuese denegada una vivienda social que había solicitado.

Hace más de dos semanas, un militar marroquí, de 26 años, falleció tras quemarse a lo bonzo en la localidad de Benguérir, situada a 70 kilómetros de Marrakech, acuciado por problemas económicos.

Además, a principios de este mes unos 40 profesores, en protesta por sus condiciones laborales, rociaron con gasolina sus cuerpos frente al Ministerio de Educación en Rabat, y en el momento en el que dos de ellos comenzaron a arder, las fuerzas del orden pararon al resto, frustrando así el intento de quemarse en grupo.

También durante el mes de enero, dos marroquíes resultaron heridos tras quemarse a lo bonzo, mientras que otro hombre intentó inmolarse en la prefectura provincial de la ciudad de Smara, en el Sahara Occidental.

[061, Atento - Barcelona] BOICOT A LAS ELECCIONES SINDICALES. LA ALTERNATIVA DE CNT.

fuente http://cnt061catalunya.blogspot.com/2011/02/boicot-les-eleccions-sindicals.html
traducido por Dignidad Laboral 
 
La práctica totalidad de la plantilla del 061 Motores piensa que el Comité de Empresa actual no ha estado a la altura de las circunstancias. Una parte importante de esta plantilla piensa que por ello es necesario un voto de castigo o una votación que garantice un cambio de formaciones sindicales. Sin embargo, votando a otro sindicato no arreglas nada.

No es una cuestión de siglas, es una cuestión de modelo sindical.

El modelo de los sindicatos mayoritarios y de los sindicatos "alternativos" es el mismo. Es el modelo sindical basado en las elecciones sindicales, los delegados de personal y los comités de empresa, el modelo de las subvenciones y los liberados sindicales. Es el sindicalismo vertical, burocrático, de la desmovilización, pero no un sindicalismo de acción.

En este modelo la actividad sindical queda supeditada al resultado de unas elecciones. Dicho de otro modo, si se mueven, es porque tienen intereses encubiertos, que van más allá de la defensa de los derechos de los trabajadores, como tener un buen resultado en las elecciones sindicales, lo que se traducirá en un montón de horas sindicales, subvenciones u otra serie de privilegios. Eso por no hablar de gente muy válida, muy activa y combativa, a quien sus directivas o burocracias sindicales cortan las alas o acaban perdiendo por el camino.

La principal diferencia entre mayoritarios y alternativos se basa en que los primeros tienen más votantes, más "representatividad" y más subvenciones. Si los segundos parecen más combativos, es seguramente porque son minoritarios. Sólo se mueven cuando llegan las elecciones sindicales y llegan al extremo de engañar a los trabajadores para que firmen hojas de supuesto apoyo que en realidad son para llenar de nombres sus candidaturas. Hay quien firma estas hojas, se presenta a elecciones y ni lo sabe.

Donde estaban todos estos sindicatos en las reducciones horarias de hace dos años, en la modificación de condiciones de trabajo, en los despidos de abril o en el actual proceso concursal que puede producir nuevos despidos?

No estaban. Ahora , porque hay elecciones sindicales.

La CNT al servicio 061 ha dado la cara en todo momento.
El resto de sindicatos piden tu voto. CNT no.

LA ALTERNATIVA DE CNT

La CNT es la única organización sindical que no sólo rechaza las subvenciones o la figura del liberado sindical, sino que también rechaza el modelo sindical basado en las elecciones sindicales, delegados de personal y comités de empresa. Nuestra alternativa se basa en las secciones sindicales y asambleas de trabajadores, en principios como el apoyo mutuo, la solidaridad, la autogestión o la acción directa.

La CNT en el 061 somos:
- aquellas personas que actuaron ante las reducciones horarias de hace casi dos años negándose a acatarlas,
- que intentaron parar-aunque sin éxito-la modificación sustancial de condiciones de trabajo,
- que llevaron a cabo un boicot que desembocó en que pagaran correctamente el plus de idiomas,
- que ganaron el juicio-que todos daban por perdido-por los despidos de abril,
- que hacer frente a la administración y al Sistema de Emergencias Médicas hasta el punto de ocupar el Departamento de Salud que desembocó en negociaciones con el SEM,
que en las reuniones con el SEM pactamos mejoras en materia de seguridad e higiene (aunque queda mucho trabajo) o condiciones de la actual Pliego (aunque la subrogación del 100% queda pendiente),
- que hemos llevado a cabo innumerables concentraciones y campañas frente Atento,
- que hemos presentado innumerables denuncias ante Inspección de Trabajo y el Juzgado de lo Social,
- que ahora queremos movilizar a los trabajadores con el proceso concursal ante posibles despidos ...
- y que, en definitiva, hemos dado y damos la cara en todo momento.
 

A los trabajadores y trabajadoras del centro de Motores: tanto del Sistema de Emergencias Médicas como de los diferentes servicios subcontratados (112 y Sanidad Responde, etc.). Hemos hacemos un resumen de nuestra propuesta y de nuestra actividad al servicio 061. Si desea extender el ejemplo a sus respectivos servicios ya lo sabéis: organízate en CNT. Nadie hará lo que los propios trabajadores y trabajadoras no estén dispuestos a hacer.

SIN SUBVENCIONES
Rechazar las subvenciones garantiza la independencia, y por eso nosotros nos autofinanciado con la cuota sindical y diferentes actividades que realizamos.

SIN LIBERADOS
La figura del liberado sindical, profesionales del sindicalismo que no trabajan por acumulación de horas sindicales, también la rechazamos porque crea una nueva casta con intereses propios o ajenos al resto de trabajadores.

SIN ELECCIONES SINDICALES, DELEGADOS DE PERSONAL O COMITÉS DE EMPRESA
Rechazamos el sindicalismo actual, que es sólo una recreación del parlamentarismo y hace que los sindicatos se parezcan a partidos políticos que pugnan por tener garantizada su cota de poder. Y ganadas las elecciones sindicales ... desaparecen, con todas sus promesas de cambio.

LA ALTERNATIVA: SECCIONES SINDICALES Y ASAMBLEAS DE TRABAJADORES
Un sindicato debería ser una asociación de trabajadores y no un tinglado de profesionales del sindicalismo con intereses propios que no son nuestros. Consideramos que con las secciones sindicales-que son los afiliados a un sindicato en una empresa concreta-y asambleas de trabajadores es suficiente. No sólo eso, es más democrático y participativo.

ACCIÓN DIRECTA
Nuestra alternativa se llama acción directa. La acción directa significa que los propios afectados son los que resuelven los problemas, y no profesionales del sindicalismo o entidades gubernamentales.

ABSTENCIÓN ACTIVA
Por último, señalar que la actual situación también es culpa de los propios trabajadores y trabajadoras. Delegamos nuestra responsabilidad y prima la cultura del "que lo haga otro". La apatía y la desmovilización de los trabajadores no es el camino a seguir. La abstención activa significa que en lugar de votar una vez cada cuatro años actúas los 365 días del año y te ahorras este acto de irresponsabilidad que se votar. No se trata, por tanto, de abstención pasiva o pasotismo.

REVOCACIÓN DE UN COMITÉ DE EMPRESA
No es necesario ningún Comité de Empresa o delegado de personal en la práctica. De hecho, se pueden revocar legalmente. Según el artículo 67.3 del Estatuto de los Trabajadores sólo es necesario convocar una asamblea con un orden del día que recoja este punto (revocación Comité de Empresa), apoyada por un tercio de los trabajadores y votada esta opción por mayoría absoluta de los convocantes. Aunque durante la negociación de un convenio colectivo esta opción resto paralizada.